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El fiscal pidió que la causa por violencia de género contra Alberto Fernández se tramite en Comodoro Py

El fiscal federal Ramiro González defendió la competencia de la investigación que tiene como único imputado a Alberto Fernández, por presuntos hechos de violencia de género contra Fabiola Yañez. Al entender que los episodios de agresión y hostigamiento iniciaron en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el año 2016 y continuaron durante todos estos años. Si bien ocurrieron en diversas jurisdicciones «lo que se investiga es una sola conducta desplegada en varios hechos«, explicó la fiscalía.

La opinión del fiscal coincide con la de Yañez, y se opone a lo que pretende Alberto Fernández.

En el dictamen, al que accedió Clarín, el fiscal apuntó a “las ostensibles carencias que se advierten en el planteo de la defensa. Una presentación del 13 de agosto que, claro está, solo podía referirse a ‘hechos presuntamente denunciados’ y confinarlos a la Quinta de Olivos por la sencilla razón de que en ese momento, básicamente, no se encontraba descripto un objeto sobre el que pronunciarse”.

El representante del Ministerio Público Fiscal también se refirió a la “escasez de fundamentos del pedido sin un desarrollo del que pueda predicarse la existencia de una verdadera argumentación”.

Lo apuntado, manifestó el fiscal, “basta como para rechazar sin más el planteo articulado”, pero brindó explicaciones respecto a su argumento. “No puede dejar de reiterarse que más allá de las calificaciones legales que eventualmente corresponda asignar de un modo definitivo a los hechos objeto del proceso, estos surgen de un relato que revela un contexto de violencia de género asentado sobre una relación asimétrica y desigual de poder que se ha desarrollado a lo largo del tiempo”, expresó el fiscal.

Estas características, que aparecen “ya identificadas con bastante claridad desde el inicio, imponen un comportamiento prudente a la hora de definir la intervención del juez que habrá de intervenir en razón del territorio pues, justamente, el tiempo, el contexto y las formas violentas de ejercicio de poder que han sido denunciadas no pueden asignarse, de momento, a un enclave geográfico único y determinado”.

La semana pasada, el representante del Ministerio Público Fiscal había determinado que desde que Fabiola Yañez comenzó su noviazgo con Alberto Fernández, hasta la actualidad, «sufrió una relación atravesada por hostigamiento, acoso psicológico y agresiones físicas en un contexto de violencia de género e intrafamiliar -según las etapas temporales de ese vínculo afectivo-”.

González sostuvo que la violencia a la que fue sometida la ex primera dama inició 2016 en el departamento en el que convivían, ubicado en Puerto Madero y supuestamente prestado Enrique Albistur.

Esa ubicación temporal se desprende del relato de Fabiola Yañez que, según ponderó el fiscal, «revela un contexto de violencia de género asentado sobre una relación asimétrica y desigual de poder que se ha desarrollado a lo largo del tiempo”.

En su imputación, la semana pasada, el fiscal sostuvo que debe responder por lesiones leves y graves, doblemente agravadas por el vínculo, el abuso de autoridad y de poder en concurso con las amenazas coactivas.

En función de la calificación penal, planteó nueve hechos que cronológicamente inician en 2016 y continúan hasta este año, como sustento de las acusaciones que pesan sobre Fernández.

La violencia expresada y denunciada penalmente por la ex primera dama “se vio acrecentada exponencialmente por la elección de Fernández como Presidente de la Nación y el ejercicio del cargo”, detalló el fiscal González.

Bajo esta premisa, lo que determinó la fiscalía es que la causa debe continuar tramitando en Comodoro Py. En primer término porque los hechos bajo investigación «iniciaron en la Ciudad de Buenos Aires y continuaron también, en la misma localidad después de transcurrida la presidencia que ejerció Alberto Fernández».

Al momento de defender la competencia del caso, el fiscal González explicó que «lo que está bajo investigación es una misma conducta constituida en diversos hechos«, en referencia a los nueve episodios atribuidos y que sucedieron a lo largo del tiempo.

En este sentido se explicó que lo que se encuentra bajo análisis «es la conducta de las partes», en este caso la acción de Alberto Fernández contra Fabiola Yañez, que no se circunscribió según la denuncia inicial y la imputación de la fiscalía, a la quinta de Olivos únicamente.

«Todo empezó y continuó en Puerto Madero», explicaron fuentes judiciales al analizar los primeros datos que se incorporaron al a causa, esto es: después de concluido el mandato presidencial cuando la pareja regresó al departamento en el barrio porteño «la violencia, el hostigamiento continuó».

En proporción, entiende el representante del Ministerio Público Fiscal, «la mayor cantidad de sucesos se cometieron fuera de la quinta presidencial de Olivos«, lo que sustenta su defensa de la competencia para que el caso continúe tramitando en Comodoro Py.

La discusión sobre el juzgado que debe intervenir en la investigación se inició por pedido de Silvina Carreira, abogada de Alberto Fernández, quien solicitó que la causa sea remitida a la justicia federal de San Isidro que tiene jurisdicción sobre todo aquello que transcurre en la quinta de Olivos.

El rechazo de Fabiola Yañez

Cuando el juez federal Julián Ercolini pidió la opinión de la querella, a cargo de la abogada Mariana Gallego, la misma sostuvo que el expediente no debe tramitar en San Isidro. Recordó en la presentación ante el juzgado que los hechos que ratificó durante la audiencia con la fiscalía -sucesos de violencia, maltrato, abuso, hostigamiento y acoso- comenzaron cuando vivían juntos en el barrio porteño.

De esta manera, al rechazar que la causa tramite en el juzgado federal de San Isidro, la defensa reiteró que todo comenzó en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -lo que le otorga jurisdicción a Comodoro Py para intervenir-. Pero además, sostuvieron que los hechos de violencia no cesaron, sino que continuaron y se “incrementaron” a lo largo del tiempo, ubicando como sede de los episodios la quinta presidencial de Olivos, pero también que se reiteraron en Capital Federal, en cuanto a los actos de “hostigamiento y amenazas”.

En ese sentido, se mencionó que los delitos atribuidos a Alberto Fernández no se circunscribieron a una única jurisdicción, sino que se sucedieron en distintos lugares pero que constituyen una única mecánica de violencia de género. La persona que cometió esos hechos es la misma, el ex Jefe de Estado; y la víctima siempre fue la misma.

Ante este escenario, la querella entiende que no es un buen criterio particionar la causa y dar intervención a distintos jueces según la jurisdicción donde los hechos ocurrieron, ya que eso atentaría contra el avance de la investigación. “Las medidas de prueba podrían duplicarse, superponerse, e incluso podría haber decisiones contradictorias”, explicaron fuentes allegadas a la causa a Clarín.

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